lunes, 18 de febrero de 2008

Navegando a toda vela ....

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El MCC se justifica en la medida que esté presente en las inquietudes ciudadanas concretas.
El consciente colectivo se está dando cuenta que somos una alternativa eficiente a la solución de las situaciones que interesan al ciudadano en cuanto tal.
La comunidad de propietarios del condominio "Los Navegantes", en La Herradura es un ejemplo cabal.
A continuación publicamos una carta redactada por ellos, y acompañada 100% por nosotros.

Borrador que nos fue remitido adjunto al siguiente mail, copiado a la casi totalidad de propietarios del condominio -los que registraron sus corrreos-:

De: Hector Massone [mailto:hmassone@dgf.uchile.cl]
Enviado el: Lunes, 18 de Febrero de 2008 11:49
Para: gonzaloplaza@vtr.net;
Asunto: Carta "Los Navegantes" al Alcalde y otros.

Hola,
Les adjunto carta que probablemente enviaremos al Alcalde de Coquimbo a los Consejales y el Diario El Día.
Soy esposo de Gladys Salinas ella estuvo conversando sobre el tema con Uds. y me dio vuestros correos.
Un saludo cordial,
Héctor Massone Y.
Oficina de Análisis de Registros Sísmicos
Servicio Sismológico / Universidad de Chile


Aquí va!

Coquimbo, 18 de Febrero de 2008.-
Señor
Oscar Pereira Tapia
Alcalde (S) Ilustre Municipalidad de Coquimbo
Bilbao 438
Coquimbo

Estimado Señor Pereira,

La comunidad de copropietarios del Edificio Los Navegantes, en Avenida La Marina 68 La Herradura, junto con saludarle desea expresarle su preocupación y descontento por los hechos que nos afectan a nosotros, en lo particular, a la comunidad de La Herradura y a los ciudadanos /as de Coquimbo, en lo general. Los hechos en cuestión son los siguientes:
Desde el segundo semestre del año 2007 se está anunciando la construcción del “Edificio Don Alfredo” por la empresa Constructora Inmobiliaria Urbana, ubicado entre los edificios “La Herradura I y II” y el Humedal allí existente, de hecho la empresa mantiene una gran publicidad y oficina de informaciones ofreciendo en venta departamentos de 2 y 3 dormitorios desde UF 2160. ¿Porque expresamos preocupación y descontento?

De acuerdo con los siguientes argumentos, expondremos porqué no debiera construirse dicho edificio y que de ser así se estará vulnerando nuestros derechos ciudadanos y los de la comunidad en general. Los argumentos son:

a) El terreno donde se emplaza el proyecto, antes citado, corresponde a la zona RT-1 del plan regulador de Coquimbo. La zona RT- 1 corresponde a la franja de terreno de 80 m sobre la línea de máxima alta marea de restricción, definida en el Plan regulador de Coquimbo y ratificada por el SHOA (Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile) el año 2002.
b) Que al ser intervenido el estero, se requiere de la aprobación de la dirección de Obras Hidráulicas (DOH) del proyecto de modificación del estero.
c) Los usos permitidos para esta zona son: área verde, equipamiento turístico, campos deportivos y recreacionales. Todos los usos no mencionados se encuentran prohibidos.
d) La altura máxima permitida en caso de construirse un equipamiento turístico es de 7 m, es decir 2 pisos.

Pese a lo anterior, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo considero que el Edificio “Don Alfredo” se emplazaría en la zona RT-1 con las restricciones anteriormente mencionadas el anteproyecto de dicho edificio fue acogido al artículo 2.1.17 de la ordenanza general de urbanismo y construcción el cual establece que “ en los casos que la restricción para edificar se deba a razones de seguridad contra desastres naturales u otros motivos subsanables mediante la incorporación de obras de ingeniería , un proyecto determinado podrá ser autorizado si de acuerdo a estudios fundados, elaborados por un profesional especialista, cumple los requisitos y condiciones establecidas para ello, Incluida la Evaluación de impacto ambiental correspondiente.”Por lo tanto el MINVU ratifica el permiso del anteproyecto.

¿Por qué se autoriza? Si a Enero de 2007, en la Dirección de Obras Municipales (DOM) sólo existe un anteproyecto aprobado, el estudio Hidráulico de Quebrada Los Panules. No existe ningún otro anteproyecto ni declaración de Impacto Ambiental que permita concluir que los estudios son suficientes para levantar la restricción de construir en zona de restricción.

Por lo tanto el estudio de impacto ambiental no se ha realizado, sin embargo se obliga a hacerlo porque para tener la aprobación del anteproyecto se acogieron al Art. 2.1.17 el que se basa en dicha exigencia para sobrepasar una norma de restricción.

¿Cómo es que ya tienen aprobado el anteproyecto?

Debido a lo anteriormente expuesto, solicitamos a usted investigar está situación la que presenta evidentes irregularidades alejadas de las leyes del Estado y ordenanzas municipales.

Si este anteproyecto o proyecto, como ya se está vislumbrando, tiene éxito se estará sentando un precedente que abrirá las puertas de aquellos que sin importar los daños ecológicos y sociales buscarán su propio beneficio económico egoísta que destruirá e impactará gravemente la paz y la belleza de La Herradura y más aún vulnerando y violando los derechos ciudadanos de la comunidad entera.

P.P. Comunidad Los Navegantes

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